SEGUN DIRECTIVA 2020-2
7.2.4.1. DEL DESEMPEÑO DOCENTE
a) La evaluación del desempeño docente es el proceso orientado al mejoramiento continuo de la labor docente (horas lectivas y no lectivas) y es computada en escala vigesimal por la Dirección General de Asuntos Académicos.
c) La evaluación de estudiantes a docentes es obligatoria, se realizará de acuerdo al ANEXO 15; en escala vigesimal y se aplicará en la semana 7 y 8 del semestre académico y cuyos resultados serán emitidos a la fiscalización del semestre académico, con excepción de Prácticas Pre–Profesionales cuyos resultados se darán según el Reglamento de Prácticas Preprofesionales bajo responsabilidad de alumnos practicantes y docente.